DISCUSIÓN SOBRE EL ACUERDO DE 1998:
¿OBLIGA A CHILE Y ARGENTINA A "POSTERGAR"
EL LÍMITE EN CAMPO DE HIELO?

Cristian Salazar Naudón


Con relación a una carta publicada en "El Mercurio" por el distinguido ex diplomático chileno, don José Miguel Barros, sobre los compromisos de Chile y Argentina frente al Acuerdo de 1998 para Campo de Hielo Sur, es cierto que éste instrumento no dice explícitamente que ambas partes estén obligadas a omitir de su cartografía el límite en la zona.

Pero hay un detalle crucial del Anexo II para comprender la totalidad de esta situación: que muestra en la imagen satelital la zona aludida como imprecisa o indeterminada, con un trazado del límite inexistente.

Anexo II del Acuerdo Parlamentario de 1998 (Fuente: DIFROL.cl)

Es el tramo que, según el Artículo I, las partes encargarán precisar a la Comisión Mixta con un levantamiento cartográfico que "constituirá un requisito imprescindible para llevar a cabo la demarcación en el terreno". Mientras no haya tal levantamiento y posterior demarcación, por lo tanto, no debería haber un límite oficializado por alguna de las partes.

Esto explica que la cartografía chilena sí esté respetando el acuerdo al hacer aparecer en blanco esta misma zona limítrofe, con el texto:

"Acuerdo entre Chile y la República Argentina para precisar el límite desde el monte Fitz-Roy hasta cerro Daudet (Buenos Aires, 16 de diciembre de 1998)".

Y así se entiende, además, que Argentina esté incurriendo en un desacato al mostrar un límite precisado y determinado en una zona que, según establece el Acuerdo de 1998, no lo está.

En consecuencia, considerar que Argentina no desconoce el acuerdo al insistir con su pretensión en la cartografía, pasando por encima del Anexo II (que es parte integral de dicho instrumento), sólo confirma improvisación y la flagrante inaplicabilidad de este acuerdo, manifiesta también en la postergación de las actividades de la Comisión Mixta y en el absurdo acatamiento chileno a restricciones que, por lo visto, no tenían ninguna obligación real de ser cumplidas.

Más razones, entonces, para desahuciar de una buena vez este nefasto acuerdo, que cuestiona ilegítimamente un límite ya definido.


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